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Jueves 18 de Abril del 2024
Hora: 07:00






























CONSEJO DE REGENTES

 

Gestión Academica

 

Gestión Administrativa

 

Posgrado

 

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Resolución jueves, 09 de marzo del 2017



045-03-2017

Aprobar el informe presentado por el Departamento de Asesoría Jurídica de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, referente a la reforma del Estatuto institucional en la Disposición Transitoria Cuarta. Se dispone igualmente que la resolución de aprobación por parte del H. Consejo Universitario y la reforma sea remitida al Consejo de Educación Superior

046-03-2017 Aprobar en primer debate el Reglamento de Finanzas y Control Interno de la Universidad San Gregorio de Portoviejo.
047-03-2017 Aprobar la solicitud presentada por el estudiante de la Carrera de Odontología Kelvin Marvin Delgado Toala y autorizar tercera matrícula en la asignatura: Histología y Embriología del Sistema, en el semestre académico marzo-agosto 2017
048-03-2017 Aprobar la solicitud presentada por la estudiante de la Carrera de Odontología Damarys Nicole Delgado Delgado y autorizar tercera matrícula en la asignatura: Biomateriales Odontológicos, en el semestre académico marzo-agosto 2017
049-03-2017 Aprobar la solicitud presentada por la estudiante de la Carrera de Odontología Erika Johana Arteaga Alcívar y autorizar tercera matrícula en la asignatura: Clínica Integral II del Niño, componente Odontopediatría, en el semestre académico marzo-agosto 2017
050-03-2017 Aprobar la solicitud presentada por la estudiante de la Carrera de Odontología Jessica Ximena Castro Villafuerte y autorizar tercera matrícula en la asignatura: Bioquímica Dental, en el semestre académico marzo-agosto 2017
051-03-2017 Aprobar la solicitud presentada por el estudiante de la Carrera de Odontología Erick Stalin Cobeña Nevarez y autorizar tercera matrícula en la asignatura: Bioquímica Dental, en el semestre académico marzo-agosto 2017
052-03-2017 Aprobar la solicitud presentada por la estudiante de la Carrera de Odontología Denis Michelle Mero Loor y autorizar tercera matrícula en la asignatura: Morfología Dental I, en el semestre académico marzo-agosto 2017
053-03-2017 Aprobar la solicitud presentada por el estudiante de la Carrera de Odontología Javier Andrés Velarde Marín y autorizar tercera matrícula en las asignaturas: Morfología Dental II, Microbiología General y Oral; e inglés III, en el semestre académico marzo-agosto 2017
054-03-2017 Aprobar la solicitud presentada por el estudiante de la Carrera de Odontología Milton Ariel García García y autorizar tercera matrícula en la asignatura: Morfología Dental II, en el semestre académico marzo-agosto 2017
055-03-2017

Aprobar la solicitud presentada por el estudiante de la Carrera de Derecho Richard Jonathan Cevallos Mendoza y autorizar tercera matrícula en las asignaturas: Derecho Constitucional y Derecho Ambiental, en el semestre académico marzo-agosto 2017

 

056-03-2017 Aprobar la solicitud presentada por el estudiante de la Carrera de Diseño Gráfico Holger Edison Díaz Salazar y autorizar de  acuerdo al Art. 37 del Reglamento de Régimen Académico, expedido por el Consejo de Educación Superior, al retiro de la asignatura: INGLÉS III, en el período académico septiembre 2016-febrero 2017
057-03-2017

Aprobar la solicitud presentada por el Sr. German Leonardo Rodríguez Solórzano y autorizar conforme lo estipula el Art. 36 del Reglamento de Régimen Académico expedido por el CES, proceder al retiro de la matrícula del solicitante, en el periodo académico septiembre  2016 – febrero 2017

058-03-2017 Derivar al Arq. Jaime Alfredo Alarcón Zambrano, Vicerrector Académico, la solicitud presentada por la estudiante de la Carrera de Ciencias de la Comunicación Laura Macías Vélez, para que resuelva lo pertinente
059-03-2017 Derivar a la Coordinadora de la Carrera de Odontología Dra. Lucia Galarza Santana, la solicitud presentada por la estudiante Gema Estefanía Basurto Loor, para que presente informe al H. Consejo Universitario y posteriormente resolver lo pertinente
060-03-2017

Aprobar la solicitud presentada por la estudiante Gema Leticia Alcívar Moreira y autorizar conforme lo estipula el Art. 36 del Reglamento de Régimen Académico expedido por el CES, proceder al retiro de la matrícula de la solicitante, en el periodo académico septiembre  2016 – febrero 2017. En cuanto a la solicitud de devolución de valores cancelados, esta no procede por extemporánea

061-03-2017 Aprobar el informe presentado por la Dra. Lucia Galarza Santana, Coordinadora de la Carrera de Odontología y autorizar el tercer registro en el curso remedial de materia  Biomateriales Odontológicos II, de los estudiantes: Carmen María Solórzano Saldarriaga, Roberto Daniel Hidalgo German y Lady Estefanía Loor Mendoza
062-03-2017

Aprobar la solicitud presentada por la Licenciada Fanny Tubay Zambrano, Profesora de la Carrera de Ecoturismo y conceder licencia sin sueldo desde el 31 de marzo hasta el 3 de agosto de 2017

063-03-2017 Aprobar la solicitud presentada por el Abg. John Quiroz Moreira, facilitador del Consultorio Jurídico de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, conforme a lo estipulado en el Reglamento respectivo
064-03-2017 Aprobar el oficio No. RCDC-NDSM-012-2017, enviado por el Polo de Capacitación, Investigación y Publicación (POCAIP); y, autorizar las jornadas académicas solo para la Carrera de Arquitectura
065-03-2017

CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD

SAN GREGORIO DE PORTOVIEJO

CONSIDERANDO

Que, el artículo 343 de la Constitución del Ecuador determina que el sistema nacional de educación tendrá como finalidad el desarrollo de capacidades y potencialidades individuales y colectivas de la población, que posibiliten el aprendizaje, y la generación y utilización de conocimientos técnicas, saberes, artes y cultura.

Que, el Art.  350 de la Constitución del Ecuador señala: “El sistema de educación superior tiene como finalidad la formación académica y profesional con visión científica y humanista; la investigación científica y tecnológica; la innovación, promoción, desarrollo y difusión de los saberes y las culturas; la construcción de soluciones para los problemas del país, en relación con los objetivos del régimen de desarrollo”. 

Que, la Constitución de la República en su Art. 354 establece que las universidades y escuelas politécnicas, públicas y particulares se crearán por ley, previo informe favorable vinculante del organismo encargado de la planificación, regulación y coordinación del sistema, que tendrá como base los informes previos favorables y obligatorios de las instituciones responsables del aseguramiento de la calidad y del organismo nacional de planificación.

Que, el artículo 355 de la Constitución del Ecuador, entre otros principios, establece que el Estado reconocerá a las universidades y escuelas politécnicas autonomía académica administrativa, financiera y orgánica, acorde con los objetivos del régimen de desarrollo y los principios establecidos en la Constitución. Se reconoce a las universidades y escuelas politécnicas el derecho a la autonomía, ejercida y comprendida de manera solidaria y responsables.

Que, el Art. 8 de la Ley Orgánica de Educación Superior señala: “Serán Fines de la Educación Superior. La educación superior tendrá los siguientes fines… f. Fomentar y ejecutar programas de investigación de carácter científico, tecnológico y pedagógico que coadyuven al mejoramiento y protección del ambiente y promuevan el desarrollo sustentable nacional”;

Que, el Art. 18 de la Ley Orgánica de Educación Superior, reconoce a las universidades y escuelas politécnicas, autonomía responsable para la elaboración de sus planes y programas de estudio, dentro del marco señalado por dicho cuerpo legal;

Que, el Art. 107 de la LOES determina: “Principio de pertinencia. El principio de pertinencia consiste en que la educación superior responda a las expectativas y necesidades de la sociedad, a la planificación nacional, y al régimen de desarrollo, a la prospectiva de desarrollo científico, humanístico y tecnológico mundial, y a la diversidad cultural.

Que, el artículo Art. 6 del Estatuto de la Universidad San Gregorio de Portoviejo señala como misión lo siguiente: “La Universidad San Gregorio de Portoviejo, es una institución de Educación Superior innovadora, que contribuye al desarrollo de la sociedad, a través de la generación de conocimientos y la formación de profesionales competentes; comprometidos con la investigación, la ciencia, la tecnología, la cultura y los valores”.

Que, el artículo 32 del Reglamento de Régimen Académico, prescribe que los proyectos de carreras y programas, serán presentados, analizados y aprobados de conformidad con la normativa que para el efecto expedida el CES. Las Cerreras y Programas aprobado por el CES mantendrán su vigencia, sujeta a los procesos de evaluación, acreditación y aseguramiento de la calidad, implementados por el CEAACES.

Que, el artículo 33 del Reglamento de Régimen Académico del CES, expresa: “Promoción, difusión y ejecución de las carreras y programas. Las instituciones de educación superior podrán promocionar y difundir, a través de cualquier medio, sus carreras y programas a partir del momento en que éstas cuenten con la aprobación del CES. En dicha promoción deberá aparecer, claramente, el número y fecha de la resolución de aprobación emitida por el CES. La promoción y difusión de los programas doctorales se regulará en la normativa pertinente. Conforme a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Superior, las lES. en el plazo máximo de 30 días contados a partir del cierre de cada periodo de matrículas deberán presentar las listas de los matriculados conforme a los requerimientos del SNIESE.

Que, la Disposición Transitoria Vigésima del Reglamento de Régimen Académico, determina que se entiende por rediseño curricular de las carreras vigentes, a los cambios que se producen en los procesos de organización del conocimiento y de los aprendizajes, como consecuencia de la aplicación de metodologías, planificación educativa acorde con lo establecido en el presente reglamento.     

Que, dentro de la misión de la USGP, como institución de educación innovadora que contribuye al desarrollo de la sociedad, a través de la generación  de conocimientos y la formación  de profesionales competentes; comprometida con la investigación, la ciencia, la tecnología, la cultura y los valores; y por otra parte la Universidad tiene como visión la excelencia académica, la investigación y la innovación; promotora del desarrollo, la cultura, la identidad y el pensamiento; sustentada en el humanismo, la solidez institucional, los valores y la vinculación con la colectividad. 

Que, el artículo 5 del Reglamento de Presentación y Aprobación de Carreras y Programas de las instituciones de Educación Superior, dictado por el Consejo de Educación Superior, manifiesta que” “Las instituciones de educación superior presentarán al Consejo de Educación Superior (CES), las solicitudes de aprobación de proyectos de Carrera y programas, así como el rediseño de la oferta académica vigente de nivel técnico superior, tecnológico superior o sus equivalentes, y de grado, a través de la plataforma informática para la presentación de proyectos de carrera y programas de las instituciones de Educación Superior…”       

Que, mediante oficio No. DGA. Of. No.  0033-2017 del 06 de marzo de 2017, suscrito por la Dra. Lila Alarcón de Andino, Directora General Académica de la USGP, y dirigido al rector, en el que pone a conocimiento, en razón del Modelo Educativo que se constituye en una guía del accionar académico y estructura dinámica a partir de cuatro componentes principales: Filosóficos, epistemológico, pedagógico y metodológico, adjunta el MODELO EDUCATIVO DE LA UNIVERSIDAD SAN GREGORIO DE PORTOVIEJO,  a fin de ser analizado y resuelto por el H. Consejo Universitario da la USGP.

Que, mediante postilla inserta en el oficio descrito en el párrafo anterior, por el rector de la USGP, lo ha puesto a conocimiento y resolución del H. Consejo Universitario.

En ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 45 letra e) del Estatuto de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, el H. Consejo Universitario de esta institución de Educación Superior:

RESUELVE:

PRIMERO: Aprobar el Modelo Educativo de la Universidad San Gregorio de Portoviejo.

SEGUNDO: Disponer a la Dirección General Académica, implemente los mecanismos necesarios para que el Modelo Educativo de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, en coordinación con las autoridades académicas, sea conocido en la comunidad universitaria.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA: Notificar el contenido de la presente resolución al Rector, Vicerrector Académico, Directora General Académica de la USGP, para el cumplimiento de resuelto.  

SEGUNDO: Disponer que el presente acto sea publicado en la página web de la USGP.