Discover safe, engaging, and rewarding gaming platforms tailored for your enjoyment.
Explore thrilling games and secure gameplay at Mega Casino, the ultimate gaming platform.
Join Mega Casino World for immersive gameplay and exciting rewards.
Discover exciting opportunities with Megha Casino Bangladesh, a trusted platform for local players.
Enjoy premium features and secure transactions with Casino MCW, designed for modern gamers.
Play confidently with Mega Cricket World, your go-to betting platform in Bangladesh.
Engage in exciting gameplay with Mega Casino World Bangladesh, where entertainment meets reliability.
Step into the world of non-stop fun with MCW 19, a platform built for every player.
Choose Casino MCW for a secure and dynamic gaming experience.
Download the MCW App to access exciting games wherever you are.
Enjoy a variety of secure and entertaining games on MCW 55.
Unlock unique and thrilling games on MCW 77, your trusted platform.
Immerse yourself in premium games with MCW Casino, trusted by gaming enthusiasts.
Join MCW to enjoy a secure and innovative gaming experience in 2024.


| 326-08-2025 |
CONSEJO UNIVERSITARIO UNIVERSIDAD SAN GREGORIO DE PORTOVIEJO CONSIDERANDO Que, el Art. 350 de la Constitución del Ecuador señala: “El sistema de educación superior tiene como finalidad la formación académica y profesional con visión científica y humanista; la investigación científica y tecnológica; la innovación, promoción, desarrollo y difusión de los saberes y las culturas; la construcción de soluciones para los problemas del país, en relación con los objetivos del régimen de desarrollo”. Que el artículo 355 de la Constitución del Ecuador, entre otros principios, establece que el Estado reconocerá a las universidades y escuelas politécnicas autonomía académica administrativa, financiera y orgánica, acorde con los objetivos del régimen de desarrollo y los principios establecidos en la Constitución. Que, el artículo 17 de la Ley Orgánica de Educación Superior manifiesta: “Reconocimiento de la autonomía responsable. El Estado reconoce a las universidades y escuelas politécnicas autonomía académica, administrativa, financiera y orgánica, acorde con los principios establecidos en la Constitución de la República. Que, el Art. 18 de la Ley Orgánica de Educación Superior señala: “La autonomía responsable que ejercen las universidades y escuelas politécnicas consiste en…c) La libertad en la elaboración de sus planes y programas de estudios en el marco de las disposiciones de la presente Ley…e) La libertad de gestionar sus procesos internos…”. Que, el 47.2 de la Ley Reformatoria a la Ley Orgánica de Educación Superior expresa que son: “Atribuciones del Consejo de Regentes. Serán deberes y atribuciones del Consejo de Regentes: …b) Aprobar la planificación estratégica institucional en el marco de las disposiciones de la Constitución y la ley, promoviendo la articulación con el desarrollo nacional….e) Las demás que establezca el estatuto de la institución de educación superior, conforme a la Constitución y las normas vigentes”. Que, el Art. 107 de la LOES determina: “Principio de pertinencia. El principio de pertinencia consiste en que la educación superior responda a las expectativas y necesidades de la sociedad, a la planificación nacional, y al régimen de desarrollo, a la prospectiva de desarrollo científico, humanístico y tecnológico mundial, y a la diversidad cultural. Para ello. Las instituciones de educación superior articularán su oferta docente, de investigación y actividades de vinculación con la sociedad, a la demanda académica, a las necesidades de desarrollo local, regional y nacional, a la innovación y diversificación de profesiones y grados académicos, a las tendencias del mercado ocupacional local, regional y nacional, a las tendencias demográficas locales, provinciales y regionales: a la vinculación con la estructura productiva actual y potencial de la provincia y la región, y a las políticas nacionales de ciencia y tecnología”. Que, la Disposición General Quinta de la LOES expresa: “Las universidades y escuelas politécnicas elaborarán planes operativos y planes estratégicos de desarrollo institucional concebidos a mediano y largo plazo, según sus propias orientaciones. Estos planes deberán contemplar las acciones en el campo de la investigación científica y establecer la articulación con el Plan Nacional de Ciencia y Tecnología, Innovación y Saberes Ancestrales, y con el Plan Nacional de Desarrollo”. Que, el Estatuto de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, en el artículo 4 dispone: “La Universidad San Gregorio de Portoviejo, es una comunidad académica particular, con personería jurídica propia, autonomía académica, administrativa, financiera y orgánica, acorde con los objetivos del régimen del desarrollo y los principios establecidos en la Constitución de la República”; Que, el artículo 8 del Estatuto de la USGP define: “FINES. La Universidad San Gregorio de Portoviejo, tiene como fines: g) Fomentar y ejecutar programas de investigación de carácter científico, tecnológico y pedagógico, que propendan al mejoramiento y protección del ambiente y promuevan el desarrollo sustentable del país”. Que, el artículo Art.10 del Estatuto de la USGP manifiesta: “La Planificación Institucional en la Universidad San Gregorio de Portoviejo, constituye uno de los aspectos relevantes del proceso educativo, toda vez que tiene por finalidad orientar al desarrollo organizacional, previendo las herramientas necesarias para la dirección, la evaluación y coordinación de la prospectiva institucional”. Que, el artículo Art.15 del Estatuto de la USGP manifiesta: “Son deberes de las y los profesores e investigadores de la Universidad, los siguientes: a) Cumplir actividades de docencia, investigación y vinculación de acuerdo a las normas de calidad y normativas de los organismos que rigen el sistema y las de sus propias instituciones…”;
Que, el artículo 96 del Estatuto Institucional, determina: “Es el órgano académico encargado de fomentar, diseñar y ejecutar programas y proyectos de investigación, de carácter científico, tecnológico y social, que contribuyan al desarrollo sustentable de la comunidad universitaria, la provincia y el país”.
Que, mediante Resolución C.R. USGP- 36-2022, adoptada por el Consejo de Regentes de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, en sesión ordinaria del 8 de noviembre de 2022, resolvió: “…PRIMERO: Aprobar los Lineamientos para la presentación de Proyectos de Investigación de la Universidad San Gregorio de Portoviejo. SEGUNDO: Solicitar a la Rectora y Directora General Académica de la institución, realicen las acciones administrativas de socialización para la aplicación de los Lineamientos para la presentación de Proyectos de Investigación de la Universidad San Gregorio de Portoviejo. TERCERO: Solicitar a la señora Rectora, ponga en conocimiento Consejo Universitario de la institución los Lineamientos para la Presentación de Proyectos de Investigación de la Universidad San Gregorio de Portoviejo...”.
Que, los artículos 3, 4, 5 y 6 de los Lineamientos para la presentación de Proyectos de Investigación de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, expresan: “3.-La comisión institucional la integrarán: dos Miembros Regentes designados por Cancillería (será presidida por un miembro Regente), Vicerrector Académico o su delegado, Jefe del Departamento de Investigación o su delegado, Directora Administrativa-Financiera o su delegado) revisa las propuestas validadas en la primera etapa, incluidos los recursos financieros distribuidos por tiempo de ejecución. De ser necesario podrá solicitar aclaraciones específicas a las instancias respectivas. 4. La comisión institucional en el término de 10 días, genera informe de visto bueno (aceptación/no aceptación) para cada propuesta. 5. El informe de la Comisión Institucional, se enviará para análisis y aprobación del Consejo de Regentes. 6. Los proyectos avalados por el Consejo de Regentes, serán presentados en Consejo Universitario, para su resolución”.
Que, a través del correo institucional, el día 06 de agosto de 2025, el Ing. Francisco Xavier Dueñas Espinoza PhD, Jefe del Departamento de Investigación de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, presenta ante el Rector, Arq. Jaime Alarcón Zambrano PhD., los Proyectos de Investigación validados, manifestando: “Estimada Doctora Ximena Guillen, Canciller y estimado Arquitecto Jaime Alarcón, Rector: Según los acuerdos establecidos en reunión de trabajo del día martes 5 de agosto, cumplo con adjuntar el archivo con el listado de los proyectos que han sido validados por los Miembros del departamento de Investigación e incluye el monto global requerido y el desglose por años de ejecución. Quedo atento a sus comentarios…”.
Que, los proyectos de investigación presentados por el Departamento de Investigación descritos en el considerando anterior, han sido apostillados por el Rector, para conocimiento y resolución del Consejo de Universitario de la USGP.
En ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 45 letras h) y x) del Estatuto de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, el Consejo Universitario de esta institución de Educación Superior: RESUELVE: PRIMERO: Aprobar los proyectos: de Investigación: Estrategia para la gestión del Proceso de Internacionalización en la Carrera de Medicina de la Universidad San Gregorio de Portoviejo; Estrategias didácticas para el desarrollo de habilidades en estudiantes de la carrera de Medicina de la Universidad San Gregorio de Portoviejo; Programa de Salud Mental de la Carrera de Medicina de la Universidad San Gregorio de Portoviejo; Programa de atención a estudiantes con riesgo de deserción en medicina de la Universidad San Gregorio de Portoviejo; Estrategia metodológica para el seguimiento a graduados de la Maestría en Docencia en Ciencias de la Salud; Gestión del proceso de vinculación con la sociedad en la carrera de Medicina de la Universidad San Gregorio de Portoviejo; Estrategias para la formación de valores éticos en estudiantes de la carrera de Medicina de la Universidad San Gregorio de Portoviejo; Modelo Educativo Inteligente: la articulación de las funciones sustantivas en carreras de salud; Aplicación digital para la enseñanza de caracterización de lesiones no cariosas; Aplicación de protocolo educativo para la prevención de enfermedad periodontal en pacientes dializados; Atención a pacientes con discapacidad: retos y dilemas éticos desde una perspectiva fenomenológica de odontólogos; Bioética en odontología: diagnóstico y propuesta curricular para Ecuador; Anestesia infiltrativa con jeringa carpule camuflada en pacientes odontopediátricos, evaluación de comportamiento; Técnica combinada para la adhesión del circonio: plasma no térmico y Primer 10-MPD; Estudio In vitro; Prótesis dental removible: Influencia en la calidad de vida de los adultos mayores; Efecto antimicrobiano de Allium Sativum y Propóleo sobre las cepas Enterococcus faecalis en infecciones endodónticas: estudio in vitro; Alteraciones en la cavidad bucal de pacientes tratados con radioterapia de cabeza y cuello en el Hospital Oncológico de La Sociedad de Lucha Contra el Cáncer de Portoviejo, Manabí; Distribución de tensiones entre implantes dentales cortos de zirconia y titanio. Estudio en Elementos Finitos; Comparación clínica de mantenedores de espacio con bandas PEEK CAD/CAM versus bandas de acero; Modelo estructurado de seguimiento posquirúrgico en fracturas panfaciales; Carcinoma escamocelular de cavidad oral en pacientes tratados en Solca Manabí; Manejo odontológico integral e innovador en pacientes con lesiones orales producto de tratamientos oncológicos; Programa Educativo Alimentario para pacientes con enfermedad renal crónica pre diálisis en condiciones de pobreza; Protocolo Nutricional con Alimentos Funcionales Autóctonos de Ecuador en Gestantes con malnutrición; La resiliencia en la acción tutorial de la educación superior del Ecuador: Un camino para mejorar el proceso de enseñanza aprendizaje, presentados por el Departamento de Investigación de la Universidad San Gregorio de Portoviejo. SEGUNDO: Se excepciona la aprobación del proyecto de Investigación denominado “Estrategia de prevención de lesiones de mancha blanca en ortodoncia”, a cargo de la profesora, odontóloga Palacios Pérez María Pía, quién solicitó la suspensión del proyecto con anterioridad al Departamento de Investigación. TERCERO: Disponer a los profesores-actores de los proyectos descrito en el numeral primero de la presente resolución, que, sin embargo, de su aprobación, pueden solicitar a la instancia correspondiente la reestructuración hasta el mes de agosto de 2025, o la baja del proyecto, ya sea por problemas en sus objetivos, estructura o ejecución. DISPOSICIONES GENERALES PRIMERA: Notificar el contenido de la presente resolución a: Canciller, Vicerrectora Académica, Dirección General Administrativa Financiera, Dirección General Académica; y, al Departamento de Investigación de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, para el cumplimiento de lo resuelto en la presente resolución. SEGUNDA: Publíquese la presente resolución en la página web de la institución. |