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Resolución viernes, 02 de febrero del 2018



036-02-2018

HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD

SAN GREGORIO DE PORTOVIEJO

CONSIDERANDO

Que, el artículo 343 de la Constitución del Ecuador determina que el sistema nacional de educación tendrá como finalidad el desarrollo de capacidades y potencialidades individuales y colectivas de la población, que posibiliten el aprendizaje, y la generación y utilización de conocimientos técnicas, saberes, artes y cultura.

Que, el artículo 350 de la Constitución de la República del Ecuador determina que el sistema de Educación Superior tiene por finalidad la formación académico y profesional con visión científica y humanística; la investigación científica y tecnológica; la innovación, promoción, desarrollo y difusión de los saberes y las culturas; la construcción de soluciones para los problemas del país, en relación con los objetivos del régimen de desarrollo;

 

Que, la Constitución del Ecuador en la disposición Transitoria Vigésima expresa: “El Ejecutivo creará una institución superior con el objetivo de fomentar el ejercicio de la docencia y de cargos directivos, administrativos y de apoyo en el sistema nacional de educación. La autoridad educativa nacional dirigirá esta institución en lo académico, administrativo y financiero. En el plazo de cinco años a partir de la entrada en vigencia de esta Constitución, todas las instituciones de educación superior, así como sus carreras, programas y postgrados deberán ser evaluados y acreditados conforme a la ley. En caso de no superar la evaluación y acreditación, quedarán fuera del sistema de educación superior”.

 

Que, la Disposición Transitoria Primera de la Ley Orgánica de Educación Superior dice: “En cumplimiento de la Disposición Transitoria Vigésima de la Constitución de la República del Ecuador, en el plazo de cinco años contados a partir de la vigencia de la Carta Magna, todas las universidades y escuelas politécnicas, sus extensiones y modalidades, institutos superiores técnicos, tecnológicos, pedagógicos, de artes y conservatorios superiores, tanto públicos como particulares, así como sus carreras, programas y posgrados, deberán haber cumplido con la evaluación y acreditación del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior. Este proceso se realizará a todas las instituciones de educación superior, aun a las que hayan sido evaluadas y acreditadas por el anterior Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior Ecuatoriana (CONEA). Las universidades y escuelas politécnicas de reciente creación que tengan menos de cinco años de existencia legal a la fecha de vigencia de la presente Ley, continuarán en sus procesos de institucionalización ya iniciados, hasta su conclusión, sin perjuicio de lo previsto en la Transitoria Vigésima de la Constitución de la República del Ecuador”.

 

Que, la Universidad San Gregorio de Portoviejo, fue creada mediante Ley No. 2000-33, publicada en el Registro Oficial No. 229 de fecha 21 de diciembre de 2000, como institución de educación de educación superior sin fines de lucro; 

 

Que, mediante Resolución No. 001-073-CEAACES-2013-51, de fecha 26 de noviembre del 2013, suscrita por el Presidente del CEAACES, se resolvió: “Art. 1.- Aprobar el informe del proceso de evaluación externa realizado por el CEAACES a la Universidad Particular San Gregorio de Portoviejo…Art2.- Ubicar a la Universidad Particular San Gregorio de Portoviejo en la categoría “C”, considerando los resultados obtenidos en la evaluación realizada por el CEAACES. La Universidad Particular San Gregorio de Portoviejo deberá acogerse a las condiciones establecidas para las universidades y escuelas politécnicas ubicadas en la categoría “C” Art. 3.- Acreditar a la Universidad Particular San Gregorio de Portoviejo por el periodo de cinco años, al haber cumplido los estándares de calidad establecidos por el CEAACES”.  

 

Que, mediante resolución No. 391-CEAACES-SO-11-2016, el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, de fecha 9 de mayo del 2016, Resuelve: “Art. 1.- Aprobar el Informe Final del proceso de Evaluación, Acreditación y Recategorización 2015, correspondiente a la Universidad San Gregorio de Portoviejo, el mismo que se anexa y es parte integrante de la presente resolución. Art.2.- Ubicar a la Universidad San Gregorio de Portoviejo en la Categoría “C”, considerando los resultados obtenidos en la evaluación realizada por el CEAACES”.

 

Que, la Universidad San Gregorio de Portoviejo, mediante oficio USGP-R-0501-2016 de fecha 10 de agosto del 2016, solicitó al doctor Francisco Cadena, Presidente del CEAACES, el acompañamiento técnico respectivo, en las fases de planificación y ejecución del proceso de autoevaluación Institucional; con el objeto de cumplir con la excelencia académica, como objetivo de la educación superior, fortaleciendo los procesos internos relacionados con el acompañamiento de la calidad.   

 

Que, mediante informe del Autoevaluación Institucional de la USGP, periodo 28 de noviembre hasta 2 de diciembre del 2016, se emiten las conclusiones y recomendaciones, en los que se aprecia la voluntad de cambio hacia el progreso demostrada por autoridades, profesores, estudiantes, empleados y trabajadores que se va revelando progresivamente, a partir de la planificación estratégica y operativa de la institución; así como también, se aprecia  una débil  integración en la organización del sistema en los procesos sustantivos: docencia – investigación - vinculación con la sociedad; aunque, se revelan focos de referencia con  gran potencialidad de impacto en la sostenibilidad del desarrollo de la región, mediante proyectos de investigación y de vinculación. Como propuesta de mejoramiento se debe establecer mecanismos de comunicación efectiva sobre la base del debate académico que permitan solidez en la asimilación y su efectiva aplicación de las políticas, normativas, procedimientos, objetivos estratégicos y operativos que persigue la misión, visión institucional y el modelo educativo.

 

Que, mediante Resolución USGP-H.C.U. No. 160-05-2017, adoptada por el Consejo Universitario en sesión ordinaria del 05 de mayo del 2017, resolvió: “PRIMERO: Aprobar el Plan de Acción de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, para el periodo 2017-2018. SEGUNDO: Disponer que el contenido del Plan de Acción de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, periodo 2017-2018, sea puesto en conocimiento de los Directores, Jefes Departamentales, Directores de Áreas Académicas, Coordinadores de Carrera de la USGP de forma inmediata y de estricto cumplimiento, con el objeto de que se realicen las acciones correctivas en los estándares de valoración para el proceso de reclasificación de categoría de la USGP.TERCERO: Requerir a los Directores, Jefes Departamentales, Directores de Áreas Académicas, Coordinadores de Carrera de la USGP, que presenten los informes de cumplimiento del Plan de Acción de la Universidad al Vicerrectorado Académico, en los plazos convenidos”.  

 

Que, mediante resolución USGP-H-C-U. No. 265-08-2017 adoptada en sesión ordinaria del H. Consejo Universitario de la USGP, el día 15 de agosto de 2017, se resolvió: “PRIMERO: Acoger el Informe de Ejecución-Plan de Acción de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, para el periodo 2017-2018., que consiste en el primer monitoreo agosto-2017. SEGUNDO: Disponer que el contenido del Informe del Plan de Acción de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, periodo 2017-2018, primer monitoreo agosto-2017 se ponga a conocimiento del Vicerrectorado Académico, Departamento de Evaluación y Gestión de la Calidad; y a la Directora General Académica de la USGP.

 

Que, mediante oficio E.G.C. Of. No. 094-2017 del 12 de octubre de 2017, la economista Katty Loor Avila, Jefa del Departamento de Evaluación y Gestión de la Calidad, se dirige al rector expresando lo siguiente: “Cumpliendo lo solicitado por su autoridad, me permito comunicar que luego del respectivo análisis considerando aspectos relevantes de la gestión universitaria, se ha elaborado de forma preliminar la propuesta de planificación del proceso de Autoevaluación Institucional para su análisis y resolución.   

 

Que, mediante resolución USGP-H.C.U. No. 265-08-2017 adoptada por el H. Consejo Universitario de la USGP en sesión ordinaria del 15 de agosto de 2017, se resolvió: “PRIMERO: Acoger el Informe de Ejecución-Plan de Acción de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, para el periodo 2017-2018., que consiste en el primer monitoreo agosto-2017. SEGUNDO: Disponer que el contenido del Informe del Plan de Acción de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, periodo 2017-2018, primer monitoreo agosto-2017 se ponga a conocimiento del Vicerrectorado Académico, Departamento de Evaluación y Gestión de la Calidad; y a la Directora General Académica de la USGP…”.

 

Que, a través de la resolución USGP H.C.U. No. 449-10-2017, adoptada en sesión ordinaria del H. Consejo Universitario de la USGP, el 19 de octubre de 2017, se resolvió: PRIMERO: Acoger el Informe de Ejecución-Plan de Acción de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, para el periodo 2017-2018., que consiste en el primer monitoreo agosto-2017. SEGUNDO: Disponer que el contenido del Informe del Plan de Acción de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, periodo 2017-2018, primer monitoreo agosto-2017 se ponga a conocimiento del Vicerrectorado Académico, Departamento de Evaluación y a la Directora General Académica de la USGP. TERCERO: Extender las debidas felicitaciones a los participantes integrantes, en este el Primer Informe de Ejecución del Plan de Acción Institucional 2017-2018, impulsándolos a seguir la conclusión de este proyecto institucional”.     

 

Que, mediante oficio E.G.C. Of. No. 099-2017 del 01 de noviembre de 2017, la economista Katty Loor Ávila, Jefa del Departamento de Evaluación, comunica al rector que, con la finalidad de iniciar el proceso de validación de las instancias respectivas, presenta el Plan Institucional para su análisis y resolución.   

 

Que, el artículo 98 de la Ley Orgánica de Educación Superior expresa: “Planificación y ejecución de la autoevaluación. - La planificación y ejecución de la autoevaluación estará a cargo de cada una de las instituciones de educación superior, en coordinación con el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior. En el presupuesto que las instituciones del Sistema de Educación Superior, aprueben se hará constar una partida adecuada para la realización del proceso de autoevaluación”.

 

Que, el art. 99 de la LOES expresa: “La autoevaluación. La Autoevaluación es el riguroso proceso de análisis que una institución realiza sobre la totalidad de sus actividades institucionales o de una carrera, programa o posgrado específico, con amplia participación de sus integrantes, a través de un análisis crítico y un diálogo reflexivo, a fin de superar los obstáculos existentes y considerar los logros alcanzados, para mejorar la eficiencia institucional y mejorar la calidad académica”.  

 

Que, mediante resolución USGP-H.C.U. No. 476-11-2017 adoptada por el H. Consejo Universitario de la USGP en sesión ordinaria del 07 de noviembre de 2017 se resolvió: “PRIMERO: Aprobar el Plan de Autoevaluación Institucional de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, que tiene como cronograma de resumen 4 etapas: 1. Organización y Gestión del 23/10/2017 al 15/12/2017; 2. Ejecución 02/01/2018 al 12/01/2018; 3. Control 22/01/2018 al /28/02/2018; y, 4. Metaevaluación 19/02/2018 al 28/02/2018. SEGUNDO: Disponer al Departamento de Autoevaluación de la USGP, emprenda la socialización del contenido del Plan de Autoevaluación Institucional con los miembros de la comunidad Universidad San Gregorio de Portoviejo”.

 

Que, a través del oficio D.E.A. Of. No. 002-2018, de fecha 3 de enero de 2018, suscrito por la economista Katty Loor Ávila, Jefa del Departamento de Evaluación de la USGP, hace conocer al rector y por su digno intermedio al H. Consejo Universitario que, considerando la trascendencia de la Autoevaluación Institucional con fines de acreditación, como un proceso reflexivo para conocer el estado actual y las acciones de mejora que se deben implementar en la USGP, se ha realizado un análisis exhaustivo de las acciones ejecutadas, según el cronograma y se observan los siguientes aspectos: A la fecha no se cuenta con la conformación de los 3 profesores Autoevaluadores externos de IES nacionales, dada a la distancia y sus actividades académicas regulares. Se requieren 4 pares colaborativos para completar los respectivos equipos. Debido a la reestructuración del Equipo General realizada en el mes de diciembre, no se ha logrado la preparación efectiva requerida por su nivel de importancia para el proceso. Por procesos y actividades institucionales (Evaluación Integral Docente, Expocomunicarte, entre otras) no se han logrado en el mes de diciembre avances en la preparación. Se requiere la organización de la información que servirá de evidencia de acuerdo a los indicadores del Modelo Preliminar del CEAACES. Para tal efecto se inició con el desarrollo de un módulo informático como parte del software institucional, para dinamizar la carga de la información por parte de los actores claves y luego la valoración por parte de los autoevaluadores. Al respecto el módulo cuenta con un 95% de avance. De manera extraoficial, se conoce por funcionarios del CEAACES, que aún no existe definido el cronograma para la evaluación externa. Por ello solicita la postergación del proceso (visita in situ) con la finalidad de reforzar las acciones de la planificación y organización del mismo. Cabe indicar que el Departamento de Evaluación seguirá trabajando en las acciones planificadas en conjunto con los equipos definidos para garantizar la ejecución efectiva.     

 

Que, mediante resolución No. USGP-H.C.U. No. 005-01-2018, adoptada en la sesión ordinaria del 9 de enero de 2018 por el H. Consejo Universitario de la USGP, se resolvió lo siguiente: “PRIMERO:  Aceptar la petición realizada por la Jefa del Departamento de Evaluación; disponiendo la postergación del proceso (visita in situ) en el proceso de autoevaluación de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, con la finalidad de reforzar las acciones de la planificación y organización a dicho proceso institucional. SEGUNDO: Requerir al Departamento de Evaluación, presente a este órgano colegido superior la planificación y organización de un nuevo cronograma de actividades para el proceso de (visita in situ) en el proceso de autoevaluación de la Universidad San Gregorio de Portoviejo”. 

 

Que, mediante comunicación de fecha 11 de enero de 2018, el Dr. Eugenio Radamés Borroto Cruz, Director de Posgrado de la USGP, se dirige al rector manifestándole que ha conocido que el proceso de autoevaluación institucional será del 6 al 9 de febrero de 2018 y que a su juicio existen razones que aconsejan postergar dicho proceso, por ende, solicita que se le conceda audiencia ante el H. Consejo Universitario para exponer sus argumentos. La solicitud descrita ha sido apostillada por el rector para conocimiento del H. Consejo Universitario. 

 

Que, en sesión ordinaria del H. Consejo Universitario de la USGP, el 30 de enero de 2018, conocida la solicitud del Dr. Radames Borroto, se otorga le palabra, quién expone que es necesario considerar las principales debilidades que emergieron del pasado proceso de autoevaluación para verificar que estás hayan sido superadas o realizar acciones correctoras. Las debilidades emergentes en el anterior proceso de autoevaluación fueron: Insuficiente conocimiento y participación en general, más notorio entre los estudiantes; insuficiente comunicación, socialización y análisis del proceso; insuficiente participación de la comunidad universitaria en el monitoreo y seguimiento de la participación del proceso; insuficiente divulgación de las acciones realizadas en la planificación de la autoevaluación y en la evaluación in-situ; insuficiente conocimiento y dominio de las normativas nacionales e internacionales; y presentación de evidencias incompletas. Presenta como propuesta lo siguiente: 1. Postergar la fecha de la autoevaluación “in-situ” hasta tanto se aprueben las normativas que regirán y existan definiciones acerca del cronograma a implementar. 2. Jerarquizar las acciones, en curso, para el monitoreo y control del proceso de planificación de Autoevaluación Institucional. Estructurar un Plan de trabajo concreto para cada una de las comisiones previstas, con una evaluación mensual de sus resultados.            

 

Que, mediante resolución USGP H.C.U No. 020-01-2018, el H. Consejo Universitario de esta institución de educación superior, en sesión ordinaria del 30 de enero de 2018 resolvió: PRIMERO:  Autoconvocarse para que en sesión extraordinaria del día viernes 2 de febrero de 2018, a las 10h00, se trate como único punto del orden del día, la Reconsideración a la Resolución No. USGP-H.C.U. No. 005-01-2018 que adoptó este órgano colegiado en sesión ordinaria del 9 de enero de 2018. SEGUNDO: Disponer que se notifique a la Jefa del Departamento de Evaluación de la USGP, para que asista con voz a la sesión extraordinaria que se ha autoconvocado el H. Consejo Universitario de la USGP”. 

 

 En ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 45 letra e) del Estatuto de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, el H. Consejo Universitario de esta institución de Educación Superior:

 

RESUELVE:

 

PRIMERO:  Aceptar la Reconsideración a la Resolución USGP-H.C.U. No. 005-01-2018 adoptada por el H. Consejo Universitario de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, en la sesión ordinaria del 09 de enero de 2018.

SEGUNDO: Conceder a la Jefa del Departamento de Evaluación de la USGP, el plazo de treinta (30) días, para que presente ante éste órgano colegiado el Rediseño del Programa de Autoevaluación Institucional (visita in situ).

 

DISPOSICIONES GENERALES

 

PRIMERA: Notifíquese con el contenido de la presente resolución al Rector y al Departamento de Evaluación, para el cumplimiento de lo resuelto.   

SEGUNDA: Publíquese la presente resolución en la página web de la institución.

Dada en la ciudad de Portoviejo, en la sesión extraordinaria del H. Consejo Universitario de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, llevada a cabo el dos (02) del mes de febrero de 2018.