Objetivo:
Lograr la suficiencia del Idioma Inglés en el personal docente de la USGP, de acuerdo a los estándares Internacionales de Calidad.
Alcance:
Dependencia interna.
Políticas del Proceso:
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Ser docente de la planta Académica de la USGP o Docente por contrato con un año mínimo de labores en la Institución.
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Los docentes participantes deben acogerse a las Políticas establecidas por el Centro de Tecnologías y trasferencias.
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Los docentes participantes deben cumplir con las Políticas de curso establecidas por cada facilitador de los diferentes niveles de Ingles.
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Competencias: Dirección general Académica, Centro de tecnologías y trasferencias, Y centro de Idiomas.
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Marco Legal – LOES 2018: Art 127 – otros programas de estudio. Reglamento de Régimen Académico – Art. 59, Educación Continua / Art. 60 – Tipos de Certificados de la Educación Continua. Reglamento Interno Centro de Idiomas – Resolución #USGP – C.U-No 000-09-2019 – Art. 80. Aprendizaje de una segunda Lengua. Capítulo 3 Art. 8 – Las Políticas del Centro de Idiomas, Literal E.
Requisito.
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Cada nivel de inglés se apertura con un mínimo de 10 docentes participantes.
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El docente autorizado para recibir el Curso de Ingles debe adquirir el texto del estudiante como material de apoyo.
Descripción del procedimiento:
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Enviar el requerimiento al Sr. Rector(a) de la USGP vía correo institucional para acceder a la autorización del Programa de estudio de Educación Continua.
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La directora del Centro de Idiomas hará conocer mediante correo Institucional a los coordinadores de Carreras y directores de áreas académicas las nóminas de Docente que semestralmente participaran en el Programa de estudio.
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Los docentes participantes tendrán 4 horas de inglés incluidas dentro de sus horarios regulares académicos por semestre.
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Al final de cada nivel aprobado el Centro de Tecnologías y trasferencias de la USGP enviara un certificado de aprobación a quienes hayan aprobado el programa de estudio.